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Abogados de inmigración familiar
Si eres ciudadano o residente y quieres solicitar a un familiar, en nuestra oficina ayudamos a mantener a las familias unidas.
Llama hoy mismo: 720-802-0246

Reúne a tu familia en los Estados Unidos


Para muchas familias inmigrantes, poder reunirse en Estados Unidos no es solo un trámite migratorio. Es la meta de años de trabajo, espera y sacrificio.

Y aunque el proceso parece sencillo en papel, las peticiones familiares tienen reglas estrictas sobre quién puede pedir, en qué categoría y con qué evidencia. Un simple error puede significar más meses de separación y, en algunos casos, perder tiempo valioso en una fila que ya puede tardar años.

En Monclova Law entendemos cómo funciona el proceso de inmigración familiar en Colorado y te acompañamos desde la primera petición hasta que tu familiar reciba su residencia. Llevamos más de una década manejando casos como el tuyo y estamos aquí para escucharte y empoderarte.

¿Qué es la inmigración basada en la familia?

La inmigración basada en la familia es la vía migratoria más común en Estados Unidos. Funciona cuando un ciudadano estadounidense o un residente permanente pide que un familiar pueda vivir legalmente en el país. Esto se llama una petición familiar y empieza con el Formulario I-130.

Ese formulario establece la relación entre la persona que pide (el peticionario) y la persona pedida (el beneficiario). Una vez aprobado, abre la puerta para que el familiar pueda solicitar la residencia permanente.

¿Quién puede pedir a un familiar a través de inmigración familiar?

Para hacer una petición familiar, primero hay que saber si calificas como peticionario. La ley es estricta sobre quién puede pedir a quién, y la respuesta depende de tu propio estatus migratorio.

Si eres ciudadano estadounidense

Como ciudadano, tienes la lista más amplia de familiares a quienes puedes pedir. Puedes presentar peticiones familiares para:

  • Tu cónyuge
  • Tus hijos solteros menores de 21 años
  • Tus hijos solteros mayores de 21 años
  • Tus hijos casados de cualquier edad
  • Tus padres, si tú tienes al menos 21 años
  • Tus hermanos, si tú tienes al menos 21 años

Cada categoría tiene sus propios plazos y requisitos. Algunas son rápidas (familiares inmediatos) mientras otras pueden tomar varios años. Si tienes varios familiares pendientes, un abogado puede ayudarte a presentar las peticiones en el orden que tenga más sentido para tu situación.

Si eres residente permanente legal (green card)

Como residente, tu lista es más corta. Solo puedes pedir a:

  • Tu cónyuge
  • Tus hijos solteros (menores o mayores de 21 años)

No puedes peticionar a tus padres, a tus hijos casados ni a tus hermanos. Si tu familiar entra en una de esas categorías excluidas, primero tendrás que naturalizarte como ciudadano.

¿Quién no puede ser peticionado?

Aunque exista un vínculo familiar real, USCIS mantiene una lista cerrada. No puedes pedir a:

  • Abuelos
  • Nietos
  • Sobrinos
  • Tíos
  • Primos
  • Suegros
  • Hijos adoptivos si la adopción ocurrió después de los 16 años
  • Hijastros si el matrimonio que creó la relación ocurrió después de los 18 años de la persona
  • Parejas no casadas

Si tu situación cae fuera de la lista de peticionarios y beneficiarios, todavía pueden existir otras opciones migratorias. Un abogado de inmigración te puede explicar las opciones existentes para tus familiares.

¿Qué son los familiares inmediatos y las categorías de preferencia?

Grupo de personas en una sala, posiblemente clientes

Lo que tú consideras un familiar inmediato no siempre coincide con la definición que usa la ley de inmigración. Esa diferencia puede cambiar por completo cuánto tiempo tomará el proceso.

Familiares inmediatos

Esta categoría es solo para ciertos familiares de ciudadanos estadounidenses e incluye:

  • Cónyuge de un ciudadano
  • Hijos solteros menores de 21 años de un ciudadano
  • Padres de un ciudadano (cuando el ciudadano tiene al menos 21 años)

Lo que hace única a esta categoría es que no tiene un límite anual de visas. Esto significa que la espera es por lo general mucho más corta. Para muchas familias, el proceso completo puede tomar entre 12 y 18 meses, dependiendo de la oficina de USCIS y del tipo de caso.

Si tu familiar ya está en Estados Unidos y entró con inspección, en muchos casos puede solicitar la residencia al mismo tiempo que se presenta la petición.

Categorías de preferencia familiar

Las categorías de preferencia aplican cuando el peticionario es residente permanente o cuando el familiar pedido por un ciudadano no entra en la lista de familiares inmediatos. Estas categorías sí tienen un límite anual de visas, así que la espera puede ser más larga.

Incluyen:

  • F1: hijos solteros mayores de 21 años de ciudadanos estadounidenses
  • F2A: cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de residentes permanentes
  • F2B: hijos solteros mayores de 21 años de residentes permanentes
  • F3: hijos casados de ciudadanos estadounidenses
  • F4: hermanos de ciudadanos estadounidenses

Cuando presentas una petición de preferencia, USCIS te da una fecha de prioridad. Esa fecha funciona como tu lugar en la fila. Tu familiar tiene que esperar hasta que su fecha de prioridad esté vigente en el Boletín de Visas del Departamento de Estado para poder seguir con el siguiente paso del proceso.

Las esperas varían mucho. La categoría F2A puede moverse en pocos años cuando hay visas disponibles. La F4 (hermanos) puede tomar más de 15-20 años, especialmente para personas nacidas en México, donde la demanda excede los límites anuales por país.

¿Cómo funciona el Formulario I-130?

El Formulario I-130, llamado Petición de Familiar Extranjero, es la base de casi toda petición familiar. Sin él, el proceso no empieza.

Lo que hace el I-130 es establecer ante USCIS que existe una relación familiar genuina entre tú y la persona que pides. Lo que no hace es darle a tu familiar un estatus migratorio por sí mismo. El I-130 es solo el primer paso, y una vez aprobado, abre la puerta al siguiente, que puede ser ajuste de estatus dentro del país o procesamiento consular fuera de él.

Cuando presentas el I-130, USCIS espera ver evidencia clara de tres cosas:

  • Tu estatus como peticionario: acta de nacimiento de Estados Unidos, certificado de naturalización o tarjeta de residencia
  • La identidad y datos del beneficiario: acta de nacimiento, pasaporte
  • La relación familiar real: certificado de matrimonio, actas de nacimiento que muestren parentesco, fotos, declaraciones juradas, registros compartidos

La tarifa de presentación del I-130 cambia con frecuencia. Antes de enviar tu paquete, conviene revisar la página oficial de USCIS o consultar con un abogado para confirmar el monto vigente y el método de pago aceptado.

¿Cómo pedir a tu cónyuge para inmigración familiar?

El proceso cambia dependiendo de dónde se encuentre tu cónyuge.

Si tu pareja está dentro de Estados Unidos y entró legalmente con visa o permiso, en muchos casos puede solicitar el ajuste de estatus al mismo tiempo que se presenta el Formulario I-130. Esto normalmente incluye:

  • Formulario I-130 para la petición familiar
  • Formulario I-485 para solicitar la residencia permanente
  • Solicitud de permiso de trabajo
  • Solicitud de permiso de viaje
  • Formulario I-864 de sostenimiento económico

Mientras USCIS revisa el caso, tu cónyuge puede solicitar autorización para trabajar y, en algunos casos, viajar legalmente.

Si tu pareja está fuera de Estados Unidos, el proceso normalmente se hace a través del consulado o la embajada estadounidense de su país. Después de que USCIS aprueba el I-130:

  1. El caso pasa al Centro Nacional de Visas (NVC)
  2. Se presentan documentos civiles y financieros
  3. Se pagan las tarifas correspondientes
  4. Tu pareja asiste a una entrevista en el consulado o embajada
  5. Algunos casos requieren un perdón.

Si todo sale bien, recibe una visa de inmigrante y obtiene la residencia permanente al entrar a Estados Unidos.

USCIS también quiere confirmar que el matrimonio es real y no solo un trámite migratorio. Algunas pruebas que suelen ayudar incluyen:

  • Cuentas bancarias conjuntas
  • Contrato de renta o hipoteca con ambos nombres
  • Fotos juntos a lo largo de la relación
  • Declaraciones de familiares y amigos
  • Hijos en común
  • Seguros compartidos
  • Declaraciones de impuestos conjuntas

Para parejas comprometidas que todavía no se han casado, también existe la visa K-1 de prometido o prometida. Más adelante te explicamos cómo funciona.

¿Cómo pedir a tus hijos para inmigración familiar?

La categoría que se aplica a tus hijos depende de tres cosas: tu estatus, la edad del hijo y si está casado o soltero.

Hijos solteros menores de 21 años

El proceso depende de tu estatus:

  • Si eres ciudadano, tus hijos solteros menores de 21 años son familiares inmediatos. La espera es relativamente corta y, si están en Estados Unidos con entrada legal, pueden ajustar su estatus junto con la petición.
  • Si eres residente permanente, tus hijos solteros menores de 21 años entran en la categoría F2A. La espera depende del Boletín de Visas, pero suele ser más corta que otras categorías de preferencia.

Existe una protección llamada Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA, siglas en inglés) que puede ayudar si tu hijo cumple 21 años durante el proceso. La ley permite, en ciertos casos, «congelar» la edad del hijo para que no pierda la categoría de menor de edad solo porque el caso tardó. No aplica automáticamente y depende de varios factores, así que conviene revisarlo con un abogado antes de asumir que protege tu caso.

Hijos solteros mayores de 21 años

Igual aquí, el proceso depende de tu estatus migratorio:

  • Si eres ciudadano, tus hijos solteros mayores de 21 años caen en la categoría F1. La espera suele tardar varios años.
  • Si eres residente, entran en F2B. La espera puede ser todavía más larga que F1 según el país de nacimiento.

Si tu hijo se casa durante el proceso, la categoría cambia o el caso puede cancelarse. Por ejemplo, un residente permanente no puede tener un hijo casado pendiente bajo F2B. Si el hijo de un residente se casa, esa petición se cancela hasta que el peticionario se naturalice como ciudadano y la categoría pase a F3.

Hijos casados

Solo los ciudadanos estadounidenses pueden pedir a sus hijos casados. Estos casos entran en la categoría F3. La espera es larga, normalmente más de una década. El cónyuge y los hijos del beneficiario pueden incluirse en la petición.

Hijastros y adoptados

Las reglas sobre hijastros e hijos adoptivos son específicas:

  • Para los hijastros, el matrimonio que creó la relación entre tú y el padre o madre biológico debe haber ocurrido antes de que el menor cumpliera 18 años.
  • Para los hijos adoptivos, la adopción debe completarse antes de los 16 años, y normalmente se requiere haber tenido custodia legal y vivido con el menor por al menos dos años.

Estos casos requieren documentación adicional y, muchas veces, una evaluación cuidadosa antes de presentar la petición.

¿Cómo pedir a tus padres para inmigración familiar?

Solo los ciudadanos estadounidenses pueden pedir a sus padres y deben tener al menos 21 años al momento de presentar la petición. La buena noticia es que los padres son familiares inmediatos, así que no hay límite anual de visas y la espera es más corta que en las categorías de preferencia.

Para una petición de un padre o madre, USCIS quiere ver:

  • Tu certificado de nacimiento de Estados Unidos o de naturalización
  • El acta de nacimiento que muestre la relación entre tú y tu padre o madre
  • Si la relación es por adopción, los documentos de adopción y prueba de los requisitos de edad y custodia
  • Si tu padre legal es un padrastro, evidencia de que el matrimonio con tu madre biológica ocurrió antes de que tú cumplieras 18 años

Si tus padres ya están en Estados Unidos con entrada legal, en muchos casos pueden solicitar el ajuste de estatus al mismo tiempo que el I-130. Si están fuera del país, el caso seguirá el camino del procesamiento consular.

¿Cómo pedir a tus hermanos para inmigración familiar?

Pedir a un hermano o hermana también está reservado a los ciudadanos estadounidenses. Como peticionario, debes tener al menos 21 años. La solicitud se presenta bajo la categoría F4, la que tiene la espera más larga de todas.

Un abogado puede ayudarte a planificar y a entender cómo el cambio de circunstancias (matrimonio, tener hijos, naturalización del peticionario) afecta el caso a lo largo de los años.

Visa K-1 para tu prometido o prometida

Abogados de inmigración familiar reunidos con clientes

La visa K-1 es para parejas que están comprometidas. Permite que el prometido de un ciudadano estadounidense entre al país para casarse. El proceso empieza con el Formulario I-129F.

Después de que USCIS aprueba la petición, el proceso normalmente sigue estos pasos:

  1. El caso pasa al consulado o embajada estadounidense donde vive tu prometido
  2. La persona asiste a una entrevista consular
  3. Si el caso es aprobado, recibe la visa K-1 para viajar a Estados Unidos
  4. Una vez que entra al país, la pareja tiene 90 días para casarse
  5. Después del matrimonio, el beneficiario puede solicitar el ajuste de estatus para obtener la residencia permanente

Después del matrimonio, el beneficiario puede solicitar el ajuste de estatus con el Formulario I-485 para obtener la residencia permanente. Si el matrimonio no ocurre dentro de esos 90 días, la persona generalmente debe salir de Estados Unidos.

¿Qué pasa después de que USCIS aprueba mi petición familiar?

Después de que USCIS apruebe el Formulario I-130, el siguiente paso depende de dónde se encuentre tu familiar.

Si tu familiar está dentro de Estados Unidos

En muchos casos, puede solicitar el ajuste de estatus con el Formulario I-485 para obtener la residencia permanente sin salir del país.

Si se trata de un familiar inmediato de un ciudadano estadounidense y la persona entró legalmente, el I-130 y el I-485 muchas veces pueden presentarse juntos. Esto se conoce como presentación concurrente.

Si el caso pertenece a una categoría de preferencia familiar, el ajuste de estatus normalmente solo puede presentarse cuando la fecha de prioridad esté vigente en el Boletín de Visas.

Mientras el caso sigue pendiente, algunas personas también pueden solicitar:

  • Permiso de trabajo
  • Permiso de viaje

El proceso generalmente incluye:

  • Examen médico con un médico autorizado por USCIS
  • Toma de datos biométricos
  • Entrevista migratoria
  • Revisión final de documentos y evidencia

Un abogado de inmigración puede ayudarte a preparar correctamente los documentos y evitar retrasos o problemas durante el proceso.

Si tu familiar está fuera de Estados Unidos

Cuando el familiar vive en otro país, el caso pasa al Centro Nacional de Visas (NVC) después de la aprobación del I-130. En esta etapa normalmente se debe:

  1. Pagar las tarifas migratorias
  2. Presentar documentos civiles y financieros
  3. Completar el Formulario DS-260
  4. Asistir a una entrevista en el consulado o embajada estadounidense correspondiente

Tu familiar deberá llevar documentos originales, como:

  • Pasaporte
  • Acta de nacimiento
  • Examen médico
  • Certificados policiales y antecedentes, cuando aplique

Si la entrevista es aprobada, recibe una visa de inmigrante y obtiene la residencia permanente al entrar a Estados Unidos.

¿Qué pasa si mi familiar entró sin papeles o tiene problemas migratorios?

Tener problemas migratorios complica el caso, pero no siempre lo cierra. Algunas situaciones comunes que pueden afectar una petición familiar:

  • Entrada sin inspección (sin visa o permiso)
  • Tiempo de presencia ilegal acumulada
  • Órdenes de deportación previas
  • Antecedentes penales
  • Errores o información incorrecta en solicitudes anteriores

En muchos casos, existe un camino. Los perdones migratorios (waivers, como el I-601 y el I-601A) pueden ayudar a superar ciertos obstáculos. Requieren mostrar que negar el caso causaría dificultades extremas a un familiar ciudadano o residente (cónyuge o padre). No aplican a todas las situaciones y cada caso depende de los detalles, pero pueden abrir posibilidades que muchas familias no sabían que existían.

Si la persona que pidió a tu familiar es abusiva, VAWA puede ofrecer una vía completamente independiente del peticionario. Si tu familiar está en proceso de deportación, también existen opciones de defensa contra la deportación que pueden combinarse con peticiones familiares.

Lo más importante es saber que, si tu familiar tiene un problema migratorio, no asumas que el caso está perdido sin antes hablar con un abogado de inmigración. Cada situación tiene matices, y muchas familias han construido un camino legal a partir de lo que parecía un callejón sin salida.

¿Por qué necesito un abogado de inmigración familiar en Denver?

La inmigración familiar depende de detalles que cambian todo: cómo entró tu familiar, qué fechas importan, qué evidencia convence a USCIS, qué errores anteriores hay que aclarar.

Un abogado de inmigración familiar puede:

  • Evaluar la categoría correcta para tu situación específica
  • Preparar el Formulario I-130 y la evidencia de relación de buena fe
  • Responder a solicitudes de evidencia de USCIS dentro del plazo estricto
  • Coordinar con el Centro Nacional de Visas y representar en entrevistas
  • Identificar problemas potenciales antes de presentar, incluyendo presencia ilegal, antecedentes o errores en solicitudes anteriores
  • Comunicarse con USCIS y la embajada en tu lugar
  • Planificar el orden de las peticiones cuando tienes varios familiares

Para familias en Colorado, también ayuda tener un bufete que conozca la oficina local de USCIS en Centennial y la corte de inmigración de Denver. Las prácticas locales, los tiempos de espera y el estilo de cada oficina cambian la manera en que se prepara un caso.

La inmigración familiar no es solo papeleo. Es la historia de tu familia y merece prepararse con cuidado.

¿Por qué elegir a Monclova Law para tu caso de inmigración familiar?

Cuando buscas ayuda para un caso familiar, también buscas un equipo que entienda lo importante que es para tu familia. En Monclova Law nosotros sí entendemos.

Nuestro bufete fue fundado en 2008 por María Monclova, una abogada que ha dedicado su carrera a ayudar a otras personas inmigrantes a encontrar opciones cuando sienten que no las hay. Con más de 18 años de experiencia en derecho migratorio.

Nuestro enfoque es educar y empoderar. Te explicamos el proceso paso a paso, te ayudamos a entender tus opciones y te acompañamos durante todo el proceso.

María Monclova ha sido reconocida como Top Lawyer por la revista 5280 en 2023, 2024 y 2025. Más allá de los reconocimientos, lo que más nos importa es que las familias que confiaron en nosotros pudieron reunirse y construir un futuro juntas en Estados Unidos.

Testimonios de clientes

«Estoy muy contenta en bufete de maría monclova se los recomiendo mucho tuve un buen trato con todos en especial la abogada Maria Monclova, Diego, Anelis y el abogado Scott. Los agradezco muchísimo por su servicio gracias a Dios ya tengo mi residencia.» — Edith M.

«Recomiendo ampliamente al buffet de la licenciada Monclova me an ayudado con mi caso me arreglaron mis documentos a mi y a toda mi familia. la secretaria Anelis muy amable muy atenta y la abogada Maria con todo el personal un muy buen equipo.» — Vicky C.

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La inmigración familiar es un proceso real y alcanzable, pero rara vez es sencillo. Los formularios, los plazos y los detalles de cada caso importan más de lo que parece al principio, y un error puede costar meses.

Si quieres hablar con nosotros sobre tu caso, llámanos al 720-790-3004 o escríbenos a través de nuestro formulario de contacto. Te explicaremos tus opciones con claridad, en tu idioma. Estaremos contigo planeando los siguientes pasos para reunir a tu familia.

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¡Caminamos contigo en cada paso del camino!
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Escrito Por María Monclova

Abogada/Fundador de Derecho de Inmigración y Familia
María Monclova es la fundadora de Monclova Law. María es abogada de inmigración y derecho de familia. Nació en México y desde pequeña soñó con defender los derechos de los inmigrantes. María asistió a la Facultad de Derecho de la Universidad de Denver y tiene más de 15 años de experiencia luchando contra la deportación y la separación de familias en este país.